Imserso
Instituto de Mayores y Servicios Sociales
Iniciar la prestación del servicio, siempre que existan plazas vacantes, en un plazo no superior a un mes desde la notificación de la Resolución de la concesión y aceptación del mismo, salvo que lo impidan causas ajenas al Centro.
Valorar el periodo de adaptación de la persona usuaria en la Unidad de Estancias Diurnas en el 100% de los casos dentro de los primeros 20 días naturales tras su ingreso.
Elaborar el Programa de Atención Individual en un plazo no superior a un mes desde el ingreso de la persona usuaria en la Unidad de Estancias Diurnas.
Informar por escrito, al menos una vez al año, sobre su evolución a las personas usuarias o, en su caso, a las personas que les representen legalmente.
Contestar el 100% de las quejas presentadas que no requieran conocimiento o participación de otra Unidad de la Administración en el plazo de 10 días hábiles desde su recepción.
© Instituto de Mayores y Servicios Sociales (Imserso) 2009
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