De conformidad con lo previsto en el artículo 35 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre
(BOE del 27), reguladora del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, los ciudadanos y ciudadanas que acudan a las oficinas de la Dirección Territorial tienen, entre otros, derecho:
Asimismo, tienen derecho a la garantía de la seguridad y confidencialidad de los datos que figuren en los ficheros, sistemas y aplicaciones de las Administraciones Públicas y todos los demás derechos determinados en el artículo 6 de la Ley 11/2007, de 22 de junio,
de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos.
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