Preside y modera: Sra. Dª Herminia Lozano Cáceres
Secretaria del Pleno del Consejo Estatal de las Personas Mayores. Presidenta de la Federación de Asociaciones de Personas Mayores de Canarias (FEMAC)
Coordina: Sr. D. Rafael Miguel González Vergara
Vocal del Consejo Estatal de las Personas Mayores. Presidente de la Confederación Regional de Jubilados y Pensionistas de Castilla y León.
Experto: Ilmo. Sr. D. Luis Villameriel Presencio
Subdirector General de Informes y Promoción Legislativa.
Secretario Técnico: Sr. D. José García Romero
Jefe de Servicio de Relaciones Externas del Imserso.
En Madrid a cuatro de Febrero de mil novecientos noventa y ocho. Se ha reunido en la Sala 2ª del Palacio de Congresos de Madrid el Grupo de trabajo nº 4 sobre la "Protección Jurídica de las Personas Mayores" del I Congreso Estatal de las Personas Mayores.
Concedida por la Presidencia la palabra al Sr. D. Luis Villameriel Presencio, éste expuso el marco jurídico de protección de la persona mayor, enfocado no desde la perspectiva del privilegio, sino desde la óptica de situaciones de mayor debilidad.
El Sr. Villameriel expresó la predisposición del Ministerio de Justicia para estudiar las reformas sugeridas por la Ponencia y ratificadas posteriormente por el Grupo de Trabajo en las Conclusiones, en especial sobre la incapacitación, la autotutela y la regulación del contrato atípico de vivienda-pensión.
La Presidencia agradeció la buena predisposición del Ministerio de Justicia para estudiar las propuestas y sugerencias de las personas mayores en beneficio de la protección de sus derechos.
Acto seguido se fueron presentando las aportaciones por parte de los Delegados - 15 aportaciones en total, de las cuales 2 se efectuaron por escrito y con el respaldo de numerosos Delegados -.
Para la fijación de Conclusiones se siguió el siguiente procedimiento:
Cada Delegado expuso sus aportaciones y acto seguido se redactó un documento provisional de conclusiones que fue sometido a la aprobación del Grupo, con un respaldo unánime en todas las Conclusiones
Estas Conclusiones han sido expresadas en forma de peticiones a los Poderes Públicos y son:
Primera.- Necesidad de una Ley de Protección al Mayor Dependiente
Segunda.- Respecto al contenido de la Ley de Protección al Mayor Dependiente, se concluyen los siguientes puntos:
Tercera.- Necesidad de instituir Gabinetes Jurídicos que desde los Servicios Sociales atiende a las personas mayores de escasos recursos económicos.
Cuarta.- Que se cuente con las personas mayores para proyectos que les afecten.
Quinta.- Que se cree la figura del Defensor del Mayor.
Enunciadas las Conclusiones, se estima conveniente hacer las siguientes observaciones:
Hemos de felicitar a los participantes del Grupo por el esfuerzo en fijar sus propuestas, máxime que dada la naturaleza jurídica de las mismas es compleja su concreción.
También se ha de observar el dinamismo y el gran interés del grupo.
Igualmente se ha de decir, en cuanto a motivos de orden, que uno de los Delegados expresó su disconformidad en cuanto al procedimiento de convocatoria del Congreso y la ausencia de documentos, que permitieran, en su opinión, el estudio de la Ponencia.
Madrid, 4 de Febrero de 1998.