Gobierno de España. Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad. Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad. Imserso Imserso Instituto de Mayores y Servicios Sociales

Buscar nos contidos de Imserso

Seccións informativas

Información xeral

Dentro del régimen general de subvenciones del Instituto de Mayores y Servicios Sociales (Imserso) se convoca anualmente los programas de Turismo y Termalismo para personas con discapacidad, con el fin de que las entidades de atención a dichas personas puedan desarrollar actividades de ocio y promoción de la salud, mediante la ejecución de viajes para vacaciones y tratamientos termales.

En los objetivos de estos programas se contempla que las personas con discapacidad psiquica, física o sensorial puedan disfrutar de los bienes de ocio y de salud en un entorno adaptado, además de favorecer el descanso de familiares y cuidadores.

Al mismo tiempo, los programas inciden en la formación de grupos, la participación y cooperación de sus miembros, fomentar el desarrollo de las capacidades sociales e integración de los participantes.

Las actividades para vacaciones o para tratamientos termales tiene un máximo de 12 días de duración.

Las personas con discapacidad que reunan los requisitos establecidos en la resolución de convocatoria anual del Imserso, estén o no integradas en alguna asociación o centro, pueden solicitar de las entidades que, al amparo de dicha convocatoria reciban subvención, su participación en los turnos y actividades de Turismo y Termalismo, bien de forma autónoma o con un acompañante que le asista en las actividades de la vida diaria

Requisitos:

  • Acreditar grado de minusvalia igual o superior al 33%
  • Ser mayor de 16 años. En casos excepcionales de menores de 16 años aportar autorización.
  • No haber realizado en el año otro viaje subvencionado por el Imserso
  • Informe médico favorable en caso de programa de termalismo.

Los Programas incluyen:

  • Seguro de viaje
  • Coordinador y monitores de apoyo
  • Transporte adaptado ida y vuelta y en el lugar de destino si se precisa y especifica
  • Hotel accesible

Cuota:

  • La cuota de participación no podrá ser inferior al 20% ni superior al 50% del coste real de la plaza, contemplándose reducciones en la cuota de participación para familias numerosas de categoría general o especial y para solicitantes que acrediten unos ingreos de su unidad económica de convivencia iguales o inferiores a 7.062,93 € anuales en 2009.

© Instituto de Mayores y Servicios Sociales (Imserso) 2009

Algúns documentos poden presentar problemas de accesibilidade. O Imserso comprométese a facilitalos en formato accesible a quen o solicite.