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Subsidios destinados a programas de actuación para a cidadanía española no exterior e para os retornados

Las subvenciones para los programas de actuación para la ciudadanía española en el exterior y los retornados tienen por objeto:

  • Mejorar las condiciones de vida de los españoles mayores y/o en situación de dependencia en el exterior mediante el apoyo a los centros sociales, centros de día y residencias de mayores para el mantenimiento y la realización de actividades de carácter informativo, social, asistencial o cultural de las instituciones que tengan como finalidad la atención de estos colectivos.
  • Favorecer la acogida e integración de españoles mayores y/o en situación de dependencia retornados que no pertenezcan a la población activa, mediante el apoyo a la creación o mantenimiento de residencias de acogida.

Estas ayudas podrán ser solicitadas por los centros sociales, los centros de día y residencias de mayores, así como las instituciones que acojan a personas mayores que no pertenezcan a la población activa, que tengan la condición de españoles en el exterior o retornados o sean cónyuges de éstos y que carezcan de los medios suficientes para subsistir por sí mismos.

Convocatoria 2011

La convocatoria para 2011 se ha realizado mediante Resoluciones de 11 de noviembre de 2010Abre nueva ventana y de 19 de noviembre de 2010,Abre nueva ventana de la Dirección General de la Ciudadanía Española en el Exterior, por la que se convocan para 2011 ayudas para actividades asistenciales y de atención del Programa de mayores y dependientes.

Estas ayudas se regirán por lo dispuesto en la Orden TAS/874/2007, de 28 de marzo Abre nueva ventana, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones destinadas a los programas de actuación para la ciudadanía española en el exterior y los retornados.

El texto de las Resoluciones de 11 de noviembre de 2010Abre nueva ventana y de 19 de noviembre de 2010,Abre nueva ventana recoge, entre otros extremos el objeto de la convocatoria, las cuantías de las ayudas, los criterios de valoración, el modelo de solictud y la documentación que deberá acompañarla.

Las solicitudes podrán presentarse en cualquiera de los registros u oficinas a que se refiere el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y, en todo caso, en las Consejerías de Trabajo y Asuntos Sociales, en las Secciones de Trabajo y Asuntos Sociales de las Oficinas Consulares, en los Consulados o Secciones Consulares de las Embajadas correspondientes al domicilio del solicitante de la ayuda, así como en la Dirección General de la Ciudadanía Española en el Exterior.

Resolución de la Convocatoria

El Boletín Oficial del Estado de 12 de diciembre de 2011 publica la Resolución de 22 de noviembre de 2011,Abre nueva ventana del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, por la que se publican las subvenciones concedidas para los programas de actuación para la ciudadanía española en el exterior y los retornados, con cargo a los presupuestos del 2011.

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