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Convocatoria 2012

Naturaleza

El Boletín Oficial del Estado de fecha 18 de junio de 2012, publica la Resolución de 31 de mayo de 2012, del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, por la que se convoca la concesión de subvenciones sometidas al régimen general de subvenciones del Imserso para las actuaciones de Turismo y Termalismo para personas con discapacidad durante el año 2012Abre nueva ventana .

Destinadas a Entidades de dedicación exclusiva y habitual a las personas con discapacidad, las actuaciones de turismo y termalismo para dicho colectivo se incluyen dentro de las subvenciones sometidas al régimen general del Instituto de Mayores y Servicios Sociales (Imserso). En este sentido se establecen las actuaciones a desarrollar, sus prescripciones, requisitos y prioridades.

Publicada la  Orden TAS/980/2007, de 2 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones sometidas al régimen general de subvenciones del Instituto de Mayores y Servicios Sociales,Abre nueva ventana y en régimen de concurrencia competitiva, el Imserso, efectúa, dentro de sus respectivos ámbitos de competencia, las correspondientes convocatorias anuales en las que se establecen las actuaciones a desarrollar, sus prescripciones, requisitos y prioridades, así como los créditos presupuestarios a los que deben imputarse las subvenciones.

Normativa Aplicable

La normativa reguladora básica en vigor para 2012 aplicable al programa de turismo y termalismo para personas con discapacidad, se recoge en las siguientes disposiciones:

Normativa General

Normativa Específica

Actuaciones Convocadas

Las actuaciones dirigidas a personas con discapacidad que pueden ser subvencionadas cuya definición, requisitos específicos y prioridades que figuran relacionados como Anexo I de la Resolución de 31 de mayo de 2012Abre nueva ventana  (BOE de 18 de junio) son las siguientes:

  • Actuaciones para turismo: Vacaciones y turismo de naturaleza. Tienen por objeto facilitar la vida independiente y lograr la máxima integración personal y social de las personas con discapacidad, mediante la realización de turnos en las condiciones de mayor accesibilidad, facilitando el acceso de las personas a los bienes del ocio, de la cultura y de la naturaleza, así como el descanso de las familias que tienen a su cargo personas con discapacidad.
  • Actuaciones para termalismo. Destinadas a favorecer la calidad de vida y autonomía de las personas con discapacidad, mediante la realización de turnos para tratamientos en balnearios que faciliten su acceso a los bienes de la salud.

La situación económica y financiera aconsejan la supresión temporal de la actuación para turismo cultural en el ámbito de la Unión Europea.

Las condiciones de desarrollo y los requisitos comunes de todas las actuaciones así como los criterios que han de ser tenidos en consideración para la valoración de las mismas, se detallan pormenorizadamente en los puntos noveno y décimo de la citada Resolución del Imserso de 31 de mayo de 2012Abre nueva ventana .

Solicitantes

Entidades u organizaciones que, además de reunir los requisitos de carácter general establecidos en el artículo 3 de la  Orden TAS/980/2007, de 2 de abril,Abre nueva ventana  por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones sometidas al régimen general de subvenciones del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, se dediquen, en concordancia con sus normas estatutarias, con carácter exclusivo y habitual, a la realización de actuaciones y actividades en favor de las personas con discapacidad.

Las personas físicas que deseen participar en las actividades de dichos programas deben de dirigir su solicitud a las entidades que, al amparo de dicha convocatoria anual del Imserso, hayan recibido subvención para la ejecución de los programas de Turismo y Termalismo para personas con discapacidad.

Solicitudes: plazo de presentación y modelaje

Las solicitudes para participar en la presente convocatoria deberán presentarse en el plazo máximo de treinta días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de la mencionada Resolución en el Boletín Oficial del Estado, extendiéndose hasta el 18 de julio de 2012, y cuyo modelaje comprende los anexos I, II y III de la citada Orden de basesAbre nueva ventana  y que se facilitan seguidamente:

Difusión de los programas subvencionados

El logotipo a emplear en la difusión de los programas subvencionados por el Imserso deberá incorporarse de forma visible en el material que se utilice para tal fin. Dicho modelo es el que figura en el Anexo II de la Resolución de la presente convocatoriaAbre nueva ventanay que se facilita a continuación en formato jpg.

Anexo II. Logotipo:
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